ADEGI - Asociación de Empresas de Gipuzkoa - Más empresa Mas empleo

ADEGI
  • Contacto
  • ES
  • EU
  • EN
  • Login


Eduki-bilatzailea

RSS
×

ADEGI Login


Pasahitza ahaztu duzu? Izena eman

× ¡Atención! Hemos unificado el registro de Usuarios/Email
Identificación de "Usuario/Email" Hemos detectado que existen varias personas que comparten este mismo usuario/email para acceder a la web. A partir de ahora cada persona se debe identificar de forma exclusiva y diferenciada, para que podamos ofrecerte un servicio individualizado sin lugar a confusiones.
Para ello te pedimos que nos digas qué persona eres y cuál va a ser tu nuevo nombre de usuario para poder entrar (puede ser un nombre, una palabra,...). La clave seguirá siendo la misma mientras tú no la modifiques. Después clicka en "Enviar email de acceso a la cuenta de correo asociada" y te enviaremos un email a la dirección de correo electrónico que tenemos confirmándote tus datos de acceso a partir de ahora.
Si tienes cualquier duda escríbenos a webmaster@adegi.es.

La clave seguirá siendo la misma mientras tú no la modifiques.

  • Ezagutu gaitzazu
  • Zerbitzuak
  • Elkarte Integratuak
  • AdegiLan
  • Elkartu
  • Prentsa-aretoa 2.0
  • EKONOMIA ADIERAZLEA
    • Begi-kolpe batez
    • EGOERA EKONOMIKOARI BURUZKO TXOSTENAK
    • Enplegu Behatokia
    • Turismoa
    • Eraikuntza sektorea

Laboral

  • Pertsonen kudeaketa
  • Laneko Arriskuen Prebentzioa
  • Lege eta Lan Aholkularitza
  • Negoziazio kolektiboa
  • Zerga eta merkataritza arloa

  • Hasiera
  • Laboral
  • Laneko Arriskuen Prebentzioa

Riesgo de los trabajos en altura, ¿presente sólo en algunos sectores? Pregunta frecuente

Somos una empresa que no se dedica a hacer trabajos en altura de forma habitual, por lo que nunca hemos prestado demasiada atención a este riesgo por entender que no está presente en nuestra empresa, pero… ¿deberíamos tener presente el riesgo de los trabajos en altura en nuestra empresa?

Es habitual que aquellas empresas que habitualmente no realizan trabajos en altura, (trabajo que se realice en alturas superiores a 2 metros respecto al nivel del suelo) piensen que no deben tener presente este riesgo en sus empresas. Si ellas no se dedican ni al sector de la construcción, ni a limpiar fachadas, o utilizar plataformas elevadoras, entre otras posibles actividades que pueden entrañar este riesgo ¿por qué tendrían que tenerlo en cuenta? La respuesta a esa pregunta es sencilla, porque en casi todas las empresas se realizan actividades que aunque sea ocasionalmente, entrañan este riesgo.

Pensemos en trabajadores/as de mantenimiento, personas que se encargan de cambiar la cartelería o decoración del escaparate de un comercio, trabajador/a que en tras una tromba de agua se ve obligada a taponar una gotera en el techo… Indudablemente, estas personas también se ven expuestas al riesgo de caídas cada vez que realizan una actividad de este tipo.

Además es habitual que en ocasiones, concurran en nuestra empresa trabajadores de otras empresas (contratas o subcontratas) que realicen este tipo de trabajos, por lo que este riego se puede incorporar a nuestras instalaciones, aunque sea de forma puntual.

¿Y qué podemos hacer ante estas situaciones? ¿Alguna recomendación?

  • En primer lugar debemos analizar todas aquellas situaciones, aunque sean esporádicas, que pueden exponer a las personas trabajadoras al riesgo en altura. Para ello realizaremos un estudio de las tareas concretas a desempeñar, así como las condiciones del lugar en el que las van a realizar, con el fin de evaluar todos los riesgos y adoptar las medidas de seguridad oportunas para evitar cualquier tipo de caída.
  • Cuando diferentes empresas concurran en nuestras instalaciones realizando trabajos que puedan entrañar el riesgo en altura, debemos prestar especial atención a la coordinación de actividades (RD 171/2004 en materia de coordinación de actividades empresariales). Las empresas son responsables de que las contratas que trabajen en sus instalaciones lo hagan de forma segura, siendo necesario para ello analizar y coordinar los riesgos de nuestro propio centro y actividad, así como los de los trabajos efectuados por las empresas que acceden a nuestras instalaciones, junto con los riesgos que se generen por la concurrencia de ambas actividades.

En cualquier caso, cabe recordar que de conformidad con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos laborales, las empresas deben garantizar la seguridad y salud de las personas trabajadoras en todos los aspectos relacionados con su actividad laboral, por lo que los riesgos ocasionados por los trabajos en altura, no pueden ser una excepción.

Para mayor información, a través del siguiente link podéis acceder a la “Guía técnica para para la evaluación de los riesgos relativos a la utilización de equipos de trabajo” del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

 

Kategoriak: Relaciones laborales, Asesoría jurídico-laboral, Prevención de riesgos laborales, FAQ

Etiketak: riesgo en altura

Lotutako beste eduki batzuk:

  • La semana que viene vamos a trabajar en andamios. ¿Qué tenemos que tener en cuenta en lo relativo a la PRL cuando se trabaje en altura? Pregunta frecuente
  • Trabajos en altura. Medidas Preventivas para el seguro montaje, uso y desmontaje de andamios. Artículo técnico PRL
  • Azterlanak
    • Begi-kolpe batez
    • Egoera ekonomikoa
    • Azterlan ekonomikoak
    • Gizarte eta lanerako azterlanak
  • Lehiakortasuna
    • inGUru+
    • Enpresarentzako Laguntzak
    • Ekintzailetza
    • Berrikuntza
    • Nazioartekotzea
    • Ingurumena
    • Beste zerbitzu batzuk
  • Talentu
    • etorlan
    • Unibertsitate-Enpresa Gela
    • Industrial Eguna
    • ESKATUTAKO LANBIDEAK
    • Enplegu behatokia
    • AdegiLAN-Enplegu Ataria
    • LAN - ESPERIENTZIAK ETA BEKAK
    • Enplegu laguntza eta Talentu erakarpena
  • Prestakuntza
    • Jardunaldiak eta tailerrak
    • TOP - Enpresa Topaketak
    • Heziketa Profesionala
    • Bekak
  • Laboral
    • Pertsonen kudeaketa
    • Laneko Arriskuen Prebentzioa
    • Lege eta Lan Aholkularitza
    • Negoziazio kolektiboa
    • Zerga eta merkataritza arloa
  • Enpresa Kultura Berria
    • Gida
    • Jarduladiak eta Topaketak
  • Erabilerraztasuna
  • Harremanetarako
  • Estekak
  • Web gunearen mapa
  • Lege oharra
  • Pribatutasun portala
  • Politica de cookies

© ADEGI 2025 Paseo Mikeletegi 52, Parque Tecnológico de Miramón. · 20009 Donostia-San Sebastián · Telefonoa: +34 943 30 90 30 · Email: adegi@adegi.es