ArtÃculo técnico PRL: Reflexiones sobre la Formación Práctica en Prevención de Riesgos Laborales
En los últimos años cada vez tiene mayor demanda la formación práctica en prevención de riesgos laborales a fin de poder cumplir con esta obligación legal exigida por el artículo 19 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
En el momento de plantear las formaciones prácticas en las empresas, se observan dificultades adicionales a las que se presentar en las meramente teóricas, las cuales a veces son complicadas de gestionar, relativas al uso de las instalaciones y equipos, desplazamientos de los trabajadores y el tiempo considerado como “no productivo” que el empresario tiene que invertir.
Es necesario un cambio de mentalidad radical debido a que la formación práctica en materia preventiva es la mejor inversión que un empresario puede hacer no solamente para minimizar los riesgos de accidentes de sus trabajadores sino que para lograr precisamente una mayor productivida y eficacia en los métodos de trabajo.
La formación práctica en materia preventiva y la formación práctica en materia operativa además están íntimamente unidas, es decir, cuanto mejor conozca un trabajador cómo funciona su equipo de trabajo, más hábil sea, más conozca su equipo, sobra decir que mejor y con más seguridad operará con él.
Este proceso se tiene que entender como la de transmitir conocimientos, dotar de aptitudes y actitudes que capaciten a la persona para reproducir un comportamiento deseado e integrar aquellos elementos que le permitan analizar una situación y reaccionar adecuadamente ante determinadas circunstancias.
Se tiene que diferenciar muy bien la formación inicial del puesto de trabajo, con las formaciones específicas periódicas o de reciclaje, de crear hábitos seguros. La formación inicial esta muy integrada en la gestión de la empresa, incluida en el plan de acogida o asesorada por el servicio de prevención ajeno. Normalmente suele ser teórica y es muy útil para conocer los riesgos de su puesto de trabajo y las medidas preventivas que tiene que adoptar, pero no es suficiente en el caso de tareas especialmente peligrosas (alturas, espacios confinados, …) o uso de equipos especiales (carretillas, puente grúa o plataformas elevadoras), donde se requiere una sólida formación adicional y acompañamiento.
Como ejemplo al que todos estamos habituados pensemos en conducir un coche (un equipo de trabajo), y hagamos la siguiente reflexión:
¿Sin haber conducido nunca un coche podemos recibir un curso práctico de seguridad de conducción de una mañana y decir que estamos formados para conducir con seguridad? Es decir, ¿sin formación práctica operativa, podemos recibir formación práctica de seguridad sobre ese equipo?
Sustituyamos ahora el coche por una carretilla elevadora, un puente-grúa, una plataforma elevadora, …
Evidentemente la respuesta es clara, primeramente se debe saber conducir, se debe saber “controlar” el equipo donde los aspectos de seguridad son claves (distancias de seguridad, respuesta del coche en función de la marcha, posicionamiento correcto de espejos,.etc.) y deben estar INTEGRADOS en la formación operativa, siendo la preventiva parte de aquella.
Las formaciones prácticas exclusivamente preventivas son necesarias como reciclado y creación de hábitos seguritos, y deben de ser periódicas y sistematizadas, porque la experiencia es un grado sí, pero algunas veces por las prisas y los malos hábitos adquiridos en el trabajo se da por sentado, que estamos trabajando de forma correcta.
Evidentemente en una formación meramente teórica, no se detectan esos malos hábitos, los trabajadores de taller además de forma generalizada no están acostumbrados a estar sentados en un aula para ser formados, y la transmisión de conocimiento efectiva suele ser de manera general bastante pobre por su falta de motivación la cual no atiende exclusivamente a causas personales.
Las experiencias por el contrario en la impartición de formación práctica en materia preventiva son realmente positivas, dado que una vez los trabajadores vencen “el miedo” a sentirse examinados por “su operativa” durante años interiorizada, la práctica lleva al debate colaborativo y presentación de situaciones reales que se han dado y que se pueden dar mejorando la praxis futura…tanto en materia preventiva (menos daños personales), como en pérdidas materiales (menos incidentes) y pérdida de tiempo (mayores productividades).
Siendo por lo tanto beneficio para la empresa así como para el trabajador, con la ventaja adicional de la posibilidad el empresario recibir bonificaciones y subvenciones a través de la Fundación Tripartita y Hobetuz, recomendamos al empresario como aspecto fundamental de su gestión, el realizar un Plan de Formación donde se integren las necesidades en materia preventiva donde la formación práctica debe constituir su eje fundamental.
Jon Olaizola Zubizarreta
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales
Ingeniero Técnico Industrial
IMQ Prevención, S.L.