ADEGI - Asociación de Empresas de Gipuzkoa - Más empresa Mas empleo

ADEGI
  • Contacto
  • ES
  • EU
  • EN
  • Login


Buscador de contenidos

RSS
×

ADEGI Login


¿Olvido su contraseña? Registro para asociados

× ¡Atención! Hemos unificado el registro de Usuarios/Email
Identificación de "Usuario/Email" Hemos detectado que existen varias personas que comparten este mismo usuario/email para acceder a la web. A partir de ahora cada persona se debe identificar de forma exclusiva y diferenciada, para que podamos ofrecerte un servicio individualizado sin lugar a confusiones.
Para ello te pedimos que nos digas qué persona eres y cuál va a ser tu nuevo nombre de usuario para poder entrar (puede ser un nombre, una palabra,...). La clave seguirá siendo la misma mientras tú no la modifiques. Después clicka en "Enviar email de acceso a la cuenta de correo asociada" y te enviaremos un email a la dirección de correo electrónico que tenemos confirmándote tus datos de acceso a partir de ahora.
Si tienes cualquier duda escríbenos a webmaster@adegi.es.

La clave seguirá siendo la misma mientras tú no la modifiques.

  • Nueva Cultura de Empresa
    • Guía
    • Jornadas y Encuentros
    • Contacto
  • Sectoriales
    • ASCONGI
    • FORO DE EMPRENDEDORES
    • HOTELES DE GIPUZKOA
  • Conócenos
    • Servicios
    • 10 razones para asociarme
    • Retos
    • Gobierno y gestión
    • Información Económica
    • Memorias de actividad
    • Portal de Privacidad
  • Empresas
    • Portal de Empleo, ADEGILan
    • ADEGI MARKET
    • Foro Emprendedores
  • Asociarme
    • 10 razones para asociarme
    • Formulario consulta información
    • Asociarme on-line
    • Acceso para empleados asociados no registrados
  • Sala de prensa 2.0
    • Noticias ADEGI
    • Notas de Prensa
    • Resumen de prensa
    • Entrevistas
    • Archivo Documental
    • Contacto
    • Descargar Logos ADEGI
  • INDICADORES ECONÓMICOS
    • DE UN VISTAZO
    • INFORMES DE COYUNTURA ECONOMICA
    • Observatorio de Empleo
    • Turismo
    • Construcción

Laboral

  • Gestión de Personas.
  • Prevención Riesgos Laborales.
  • Asesoría Jurídico-Laboral.
  • Negociación Colectiva.
  • Área Fiscal y Mercantil.

  • Inicio
  • Laboral
  • Prevención Riesgos Laborales

Píldora PRL: Cambio de puesto de trabajo ante la declaración de incapacidad permanente total del trabajador

1. Normativa aplicable:

Ley 31/1995, de 8 noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales

Artículo 25. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.

  • El empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de éstas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias.
  • Los trabajadores no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, puedan ellos, los demás trabajadores u otras personas relacionadas con la empresa ponerse en situación de peligro o, en general, cuando se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.

Artículo 22.  Vigilancia de la salud 

[…] Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán […] supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para […] verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa […].

Real Decreto 39/1997, de los Servicios de Prevención. Art.4.2

A partir de dicha evaluación inicial, deberán volver a evaluarse los puestos de trabajo que puedan verse afectados por […] la incorporación de un trabajador cuyas características personales o estado biológico conocido le hagan especialmente sensible a las condiciones del puesto.

 

2. Aplicación al caso concreto

  • Cuando a uno de los trabajadores de la empresa le es reconocida una incapacidad permanente total para su profesión habitual, la empresa, salvo que el Convenio Colectivo de aplicación disponga otra cosa, podría:
    • Rescindir su contrato de trabajo; o
    • Asignarle un puesto de trabajo que sea adecuado a su nueva situación.
  • En este último caso, se deberá actualizar la evaluación de riesgos existente y realizar una valoración precisa y exhaustiva del puesto de trabajo en concreto, verificando que no conlleve riesgos para el trabajador en atención a su situación particular.
  • Dependiendo de las circunstancias concretas, el trabajador deberá someterse a vigilancia de la salud obligatoria relacionada con su puesto de trabajo, para verificar que su estado de salud no constituya un peligro para sí mismo o para los demás trabajadores.

 

3. ADEGI te recomienda

Que, si ante una declaración de incapacidad permanente total de un trabajador, decides asignarle un puesto de trabajo diferente que sea compatible con su situación,

  • revises y actualices la evaluación de riesgos y, en general, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales en atención a la situación del trabajador en su nuevo puesto de trabajo;
  • realices periódicamente la vigilancia de su salud, teniendo en cuenta que si pudiera constituir un peligro para sí mismo o para los demás trabajadores, es obligatorio para él, debiendo la empresa adoptar las correspondientes medidas en caso de negativa; y que,
  • en cualquier caso, tengas en cuenta lo que el Convenio Colectivo de aplicación disponga en relación con esta materia.

    ?

Categorias: Relaciones laborales, Asesoría jurídico-laboral, Prevención de riesgos laborales, Comunicaciones de interés - prevención

Etiquetas: pildora, PRL, cambio, puesto, trabajo, declaración, incapacidad, permanente, total

Compartir

Otros contenidos relacionados:

  • Pildora: PRL- Vigilancia de la Salud I
  • Pildoras
  • Artículo Técnico PRL: Coordinación de Actividades Empresariales y Mobbing
  • PRL: Relación Centros Autorizados para la Formación Básica de Delegados/as de Prevención en 2014
  • Estudios
    • De un vistazo
    • Informes de coyuntura económica
    • Estudios económicos
    • Estudios socio-laborales
  • Competitividad
    • inGUru+
    • Ayudas a la empresa
    • Energía
    • Foro Emprendedores
    • Innovación
    • Internacionalización
    • Medio Ambiente
    • Otros servicios
  • Talento
    • etorlan
    • Industria Eguna
    • Ocupaciones Demandadas
    • Observatorio de Empleo
    • AdegiLAN-Portal de Empleo
    • Acceso a experiencia laboral-Becas
    • Ayudas al empleo y atracción de talento
  • Formación
    • Jornadas, Talleres, Programas y Foros
    • TOP - Encuentros Empresariales
    • Formación Profesional (FP)
    • Becas
  • Laboral
    • Gestión de Personas
    • Prevención Riesgos Laborales
    • Asesoría Jurídico-Laboral
    • Negociación Colectiva
    • Área Fiscal y Mercantil
  • Nueva Cultura de Empresa
    • Guía
    • Jornadas y Encuentros
  • Accesibilidad
  • Contacto
  • Enlaces
  • Mapa del sitio
  • Aviso Legal
  • Portal de privacidad
  • Politica de cookies

© ADEGI 2013 Paseo Mikeletegi 52, Parque Tecnológico de Miramón. · 20009 Donostia-San Sebastián · Teléfono: +34 943 30 90 30 · Email: adegi@adegi.es