FP Dual modalidad beca, ¿tenemos obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales? Pregunta frecuente
Aitor va a cursar la FP Dual en la modalidad de beca en nuestra empresa. Sabemos que no se trata de una contratación porque no existe una relación laboral, pero ¿son de aplicación las obligaciones en materia de PRL?
SÍ. Es cierto que la FP Dual en la modalidad beca no se basa en un contrato laboral, y que el/a alumno/a no tiene estrictamente la condición de trabajador/a. Ello nos puede llevar a pensar que las obligaciones en materia de PRL no son de aplicación en estas situaciones.
Sin embargo, y sobre la base de la asunción de conductas seguras, lo cierto es que las obligaciones en materia de PRL son igualmente aplicables a las personas que están en nuestra empresa realizando la formación a través de una beca, y ello porque:
- Son personas que están presentes en el centro de trabajo, y que realizan actividades propias de un puesto de trabajo.
- La falta de experiencia puede acentuar el riesgo, tanto propio como para el resto de personas.
- Están interactuando con el resto de personas trabajadoras.
Por tanto, indudablemente son personas que están sometidas a los mismos riesgos que cualquier persona trabajadora de la empresa.
Así, es una conducta segura equiparar a los alumnos/as de FP Dual a las personas trabajadoras y dar cumplimiento de todas las obligaciones en materia de PRL:
- Formar e informar sobre medidas de protección, prevención y emergencia.
- Proporcionar EPIs y vigilar su utilización.
- Revisión médica si procede.
- Garantizar el desarrollo del aprendizaje en condiciones adecuadas.