Calor y prevención de riesgos laborales. Artículo técnico PRL
En las últimas semanas estamos viviendo ciertas olas de calor que nos están llevado a estar en una situación continuada de altas temperaturas ambientales durante varios días consecutivos.
En este sentido es necesario recordar que la exposición a temperaturas elevadas puede incrementar los riesgos para la seguridad y salud de las personas debidos a entornos de trabajo calurosos, bien en aire libre o bien en interior.
Hace unos días, el 21 de junio de 2022, el Consejo de Ministros adoptó el Acuerdo por el que se aprueban las medidas y planes de actuación con motivo del período estival para el año 2022. Entre las medidas planteadas, una de ellas era que la Inspección de Trabajo deberá prestar atención a las condiciones de seguridad y salud debidos a estas altas temperaturas en sectores afectados tales como industria y hostelería, intensificando la actividad de control de dichas condiciones en los citados sectores por parte de la citada Inspección de Trabajo.
Cabe recordar que el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras, tal y como indica el artículo 14.2 de la ley de Prevención de Riesgos laborales. En este sentido deberá tener evaluadas, si las hubiera, las condiciones termohigrométricas extremas y tomar las medidas preventivas oportunas para disminuir y/o eliminar los riesgos.
En este sentido la Inspección de Trabajo de Gipuzkoa ha comunicado, a empresas de los citados sectores de hostelería e industria, la obligación de tener en cuenta estos aspectos y tomar las medidas preventivas pertinentes.
Asimismo OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, trata el tema de "estrés térmico recomendaciones para trabajar con calor” la siguiente dirección web: https://www.osalan.euskadi.eus/resultado/-/estres-termico-recomendaciones-para-trabajar-con-calor
Con todo ello cabe recordar que:
- Las empresas deberán tener evaluados todos sus riesgos laborales, incluidos, si cabe, aquellos relativos a la temperatura.
- Asimismo, las empresas deberán tener medidas preventivas acordes a los riesgos laborales.
- Que algunas de esas medidas son relativas a mantener el lugar de trabajo en una temperatura adecuada, tal y como indica el Reglamento de Lugares de Trabajo
- Que otras medidas adoptadas podrán ser:
- Consumo de agua
- Ropa de trabajo adecuada
- Periodos de descanso
- Flexibilizar la jornada para evitar ciertos momentos del día
- Ventilación, ventiladores, aire acondicionado
- protección solar, generar sombra
Por último, cabe recordar que estas situaciones de calor no son solo algo temporal, sino que hay entornos de trabajo en los que se viven durante todo el año, haga el tiempo que haga en la calle, es por ello que se debe hacer especial atención a tener evaluado el riesgo así como poner en marcha medidas acordes al riesgo en dichas empresas.
Bixen Fernández Imaz | Juantxo Revilla Alonso | Mikel Gomara Pascual |
Director Territorial Gipuzkoa | Director Gerente | Director Provincial Gipuzkoa |
IMQ Prevención | CEI Servicios de Prevención | CFP Servicio de Prevención |