Prevención del riesgo de accidente de trabajo por atrapamiento en máquinas
Un accidente de trabajo por atrapamiento es aquel en el cual alguna parte del cuerpo de una persona trabajadora es aplastada entre un objeto en movimiento y otro fijo o en movimiento, provocando normalmente lesiones muy graves de amputación por aplastamiento de miembros e incluso mortales.
El atrapamiento hoy en día sigue siendo una de las principales causas d accidente de trabajo (una persona trabajadora a la semana de media sigue falleciendo por esta causa).
Los accidentes de trabajo por atrapamiento más habituales que ocurren en las empresas son los siguientes son los relacionados con las partes móviles (rodillos, volteadores, tambores, cilindros, elevadores, correas, engranajes, cadenas, etc.) de todo tipo de máquinas, tanto en su uso productivo habitual como en su mantenimiento.
Para evitar accidentes por atrapamiento y garantizar la seguridad de las personas trabajadoras aconsejamos a la empresa seguir estas cinco pautas básicas:
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Seguridad Intrínseca de la máquina.
El parque de maquinaria cada vez es más moderno debido a que la seguridad intrínseca de las propias máquinas, derivada del necesario cumplimiento para su comercialización en la Unión Europea con la Directiva de Máquinas 2006/42/CE y obtención del marcado CE (implementa en España a través del Real Decreto 1644/2008) está, salvo algunas raras excepciones, totalmente garantizada cuando la persona empresaria adquiere una máquina nueva (comprobar existencia de marcado CE en la máquina, Certificado CE de cumplimiento y manual de instrucciones en español con recomendaciones preventivas tanto en el uso como en el mantenimiento), pero no así cuando la propia empresa realiza una modificación significativa, convirtiéndose automáticamente la empresa usuaria en fabricante, y por lo tanto obligada a la obtención de un nuevo marcado CE de la máquina que ha modificado, aunque sólo sea usada la máquina por la propia empresa y no vendida o arrendada a terceros. -
Garantizada esta seguridad intrínseca previa a su puesta en servicio la empresa debe ahora garantizar la seguridad y salud de sus personas trabajadoras en el uso de la máquina, realizando una evaluación inicial de los riesgos laborales de la máquina adquirida por personas técnico competente de su modalidad preventiva, generalmente su Servicio de Prevención Ajeno, en aplicación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, procediendo a adecuar su equipo de trabajo al uso que le va a dar (las máquinas deben ser utilizadas para el fin que han sido diseñadas) siempre compatible con lo establecido en el marcado CE de la empresa fabricante/comercializadora.
Importante remarcar lo siguiente para disipar cualquier duda al efecto: que la máquina tenga marcado CE no exime de la obligación de cumplir con el Real Decreto 1215/1997 indicado por la empresa usuaria, las dos normas son obligatorias, la primera para la empresa fabricante/comercializadora y la segunda para empresa usuaria. -
No anular/burlar/eliminar/bloquear/manipular ningún dispositivo de seguridad, resguardo o sistema de protección prevista en las dos actuaciones anteriores (todavía hoy en día y lamentablemente una práctica habitual) y verificar a través de inspecciones periódicas planificadas su efectividad. Antes de comenzar a operar máquinas, verificar que cuenten con sus dispositivos de seguridad.
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Las máquinas deben ser operadas por personas trabajadoras específicamente capacitadas y cualificadas que cuenten con una formación profesional teórica y práctica suficiente y adecuada al efecto. Remarcar la importancia de la formación continua y tutorizada al nuevo personal inexperto y/o joven que se incorpora a la organización.
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Realizar instrucciones/procedimientos internos de trabajo seguro en el uso y mantenimiento de la máquina para el uso previsto, especificando para todas las operaciones y posibles diferentes producciones las medidas preventivas que hay que obligatoriamente llevar a cabo incluidos los equipos de protección individual y utillajes a emplear, informando y concienciando a los mandos y personas trabajadoras (seguridad basada en el comportamiento de las personas) de manera inicial y periódicamente de su contenido, y vigilando igualmente a través de inspecciones periódicas planificadas su cumplimiento (el comportamiento de una persona puede observarse, por tanto puede registrarse). Las operaciones de limpieza y mantenimiento deben realizarse únicamente por personal autorizado.
Asimismo además de las pautas básicas indicadas se recomienda seguir una serie de pautas fundamentales adicionales:
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Mantener el orden y limpieza de la zona donde se ubique la máquina y disposición de herramientas, piezas y utillajes.
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Efectuar una correcta ubicación de la cartelería preventiva e instrucciones/procedimientos de trabajo seguro y fichas de resumen prácticas de las máquinas.
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Proveer de iluminación adecuada, evitando contrastes en las zonas de trabajo. A la iluminación no se le da habitualmente importancia preventiva pero su deficiencia resulta ser una de las causas de muchos accidentes por atrapamiento en máquinas.
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Efectuar el mantenimiento preventivo y correctivo de máquinas y herramientas por personal especializado
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Asegurar que la instalación de las máquinas, equipos y herramientas se efectúe en un espacio adecuado.
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Utilizar ropa de trabajo ajustada, en lo posible, sin bolsillos o partes que puedan quedar enganchadas. Del mismo modo, evitar el uso de anillos, cadenas y pelo largo sin recoger.
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Notificar por parte de las personas trabajadoras a sus mandos de manera inmediata cualquier deficiencia de seguridad de la máquina y no utilizarla mientras no sea corregida la situación.
Bixen Fernández Imaz | Mikel Gomara Pascual | Juantxo Revilla Alonso |
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