Pildora: PRL - Documentacion Obligatoria
1. Normativa aplicable
Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (http://www.boe.es/boe/dias/1995/11/10/pdfs/A32590-32611.pdf)
Artículo 23. Documentación
2. Aplicación al caso concreto
- El empresario tiene la obligación de conservar a disposición de la autoridad laboral (Inspección de Trabajo):
- Plan de prevención
- Evaluación de los riesgos
- Planificación de la actividad preventiva
- Reconocimientos médicos (Práctica de los controles del estado de salud)
- Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día
- También deberá ser puesta a disposición de las autoridades sanitarias
3. ADEGI te recomienda
- Que gestiones y conserves esta documentación.
- Que tengas en cuenta que es una documentación viva que tiene que estar actualizada permanentemente
- Que tengas en cuenta de que su no conservación puede conllevar responsabilidades.
- Que te asesores para el cumplimiento de esta obligación con tu Organización preventiva (Trabajador Designado, Servicio de Prevención Ajeno, Propio o Mancomunado)
- ADEGI te recomienda que ante cualquier duda al respecto, consultes con nuestra Asesoría Jurídica.
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